Normativa actualizada para volar drones en España (2025)
Descubre los requisitos, limitaciones y consejos clave para volar tu dron legalmente en España este 2025.
Introducción - Situación Legal Actual
La normativa española sobre drones ha evolucionado significativamente en los últimos años. Desde 2024, España ha implementado completamente el Reglamento Europeo (UE) 2019/947, armonizando las reglas con el resto de Europa bajo la supervisión de AESA (Agencia Estatal de Seguridad Aérea). En esta página encontrarás como se clasifican y que categorías y subcategorías existen actualmente.
¿Por qué es importante conocer la normativa?
La normativa sobre drones es crucial para garantizar la seguridad y el cumplimiento legal en el uso de estas aeronaves ( UAS ). Conocer las regulaciones vigentes permite a los pilotos operar de manera responsable y evitar sanciones.
¿Por qué es importante conocer la normativa?
- Las sanciones por incumplimiento pueden ir desde 90€ hasta 4.500€ o más
- Volar sin cumplir los requisitos puede tener consecuencias legales graves
- La mayoría de seguros no cubren accidentes si no cumples la normativa
- Es nuestra responsabilidad volar de forma segura y respetuosa
Cambios Recientes 2024-2025:
El Real Decreto 517/2024 ha introducido importantes modificaciones que simplifican algunos trámites pero mantienen los requisitos de seguridad esenciales.
Clasificación de Drones
La clasificación de drones por peso y categoría CE es fundamental para determinar los requisitos legales y operativos aplicables. A continuación, se presenta un resumen de laos princiales marcados de clase y sus requisitos:
Clase C0
Drones de menos de 250 gramos. No requieren licencia de piloto.
- Tener una MTOM de menos de 250 gr.
- Tener una velocidad máxima de vuelo horizontal de 19 m/s.
- Tener limitada la altura máxima desde el punto de despegue a 120 m.
- Estar alimentado con electricidad
Clase C1
Drones de menos de 900 gramos o < 80 julios de impacto
- Tener una MTOM inferior a 900 g o que su energía transmitida en caso de impacto sea inferior a 80 J.
- Tener una velocidad máxima de vuelo horizontal de 19 m/s.
- Tener limitada la altura máxima desde el punto de despegue a 120 m.
- Estar alimentado con electricidad
- Tener un número de serie único.
- Tener un sistema de identificación a distancia directa.
- Tener equipado un sistema de geoconsciencia.
- Tener equipado un sistema de aviso de batería baja para el UA y la estación de control (CS).
- Equipar luces para control de actitud y vuelo nocturno (luz verde intermitente).
Clase C2
Drones de menos de 4 kg.
- Tener una MTOM inferior a 4 kg.
- Tener limitada la altura máxima desde el punto de despegue a 120 m.
- Estar alimentado con electricidad
- Estar equipado con un enlace de datos protegido contra el acceso no autorizado a las funciones de mando y control (C2).
- Salvo si es una UA de ala fija, estar equipado con un modo de baja velocidad seleccionable que limite la velocidad a 3 m/s como máximo.
- Tener un número de serie único.
- Tener un sistema de identificación a distancia directa.
- Tener equipado un sistema de geoconsciencia.
- Tener equipado un sistema de aviso de batería baja para el UA y la estación de control (CS).
- Equipar luces para control de actitud y vuelo nocturno (luz verde intermitente).
Clase C3
Drones de menos de 25 kg.
- Tener una MTOM inferior a 25 kg.
- Tener limitada la altura máxima desde el punto de despegue a 120 m.
- Estar alimentado con electricidad
- Tener un número de serie único.
- Tener un sistema de identificación a distancia directa.
- Tener equipado un sistema de geoconsciencia.
- Tener equipado un sistema de aviso de batería baja para el UA y la estación de control (CS).
- Equipar luces para control de actitud y vuelo nocturno (luz verde intermitente).
Clase C4
Drones de menos de 25 kg.
- Tener una MTOM inferior a 25 kg, incluida la carga útil.
- No disponer de modos de control automático, excepto para la asistencia a la estabilización del vuelo sin ningún efecto directo en la trayectoria y para la asistencia en caso de pérdida del enlace, siempre que se disponga de una posición fija predeterminada de los mandos de vuelo en caso de pérdida del enlace.
- Estar destinadas para la práctica del aeromodelismo.
Clase C5
Drones de menos de 25 kg.
- Tener una MTOM inferior a 25 kg.
- No ser una UA de ala fija, salvo si es una UA cautiva.
- Tener un sistema que proporcione al piloto a distancia información clara y concisa sobre la altura de la UA.
- Estar equipado con un modo de baja velocidad seleccionable que limite la velocidad a 5 m/s como máximo.
- Ante una pérdida de enlace de datos (C2), contar con un método de recuperarlo o de terminar el vuelo de forma segura.
- Tener un método de recuperación del enlace de mando y control (C2) o, en caso de fallo, un sistema de terminación segura del vuelo.
- Estar equipado con un enlace de datos protegido contra el acceso no autorizado a las funciones de mando y control (C2).
- Estar alimentado con electricidad.
- Tener un número de serie único.
- Tener un sistema de identificación a distancia directa.
- Tener equipado un sistema de geoconsciencia.
- Tener equipado un sistema de aviso de batería baja para el UA y la estación de control (CS).
- Equipar luces para control de actitud y vuelo nocturno.
- Si la UA dispone de función de limitación de acceso a determinadas zonas o volúmenes del espacio aéreo, esta deberá interoperable con el sistema de control del vuelo, y deberá informar al piloto a distancia cuando esta impida entrar a la UA a estas zonas o volúmenes del espacio aéreo.
- Una UAS de clase C5 podrá consistir en una UAS de clase C3 que lleve instalado un kit de accesorios que convierta la UAS de clase C3 en una UAS de clase C5.
- El kit de accesorios no incluirá cambios en el software del UAS de clase C3.
Clase C6
Drones de menos de 25 kg.
- Tener una MTOM inferior a 25 kg.
- Tener un sistema que proporcione al piloto a distancia información clara y concisa sobre la altura de la UA, proporcionando medios que eviten que la UA supere los límites horizontales y verticales de un volumen operacional programable.
- Tener una velocidad máxima respecto al suelo en vuelo horizontal de 50 m/s.
- Ante una pérdida de enlace de datos (C2), contar con un método de recuperarlo o de terminar el vuelo de forma segura.
- Tener un método de recuperación del enlace de mando y control (C2) o, en caso de fallo, un sistema de terminación segura del vuelo.
- Estar equipado con un enlace de datos protegido contra el acceso no autorizado a las funciones de mando y control (C2).
- Tener un número de serie único.
- Tener un sistema de identificación a distancia directa.
- Tener equipado un sistema de geoconsciencia.
- Tener equipado un sistema de aviso de batería baja para el UA y la estación de control (CS). Si la UA dispone de función de limitación de acceso a determinadas zonas o volúmenes del espacio aéreo, esta deberá interoperable con el sistema de control del vuelo, y deberá informar al piloto a distancia cuando esta impida entrar a la UA a estas zonas o volúmenes del espacio aéreo.
- Equipar luces para control de actitud y vuelo nocturno.
Fuente: AESA
Categorías de Operación de Drones
La normativa europea clasifica las operaciones con drones en tres categorías principales según el riesgo.
Categoría ABIERTA (Más común | Bajo riesgo)
Las operaciones en categoría «abierta» no estarán sujetas a ninguna autorización previa ni a una declaración operacional del operador de UAS.
Sin embargo, ciertas condiciones generales de vuelo son aplicables para las tres subcategorías de vuelo dentro de la categoría «abierta». Estas condiciones son las siguientes:
- El piloto a distancia volará siempre en modo VLOS (con la aeronave dentro del alcance visual), salvo cuando vuele en modo sígueme o si utiliza un observador de la aeronave no tripulada, en cuyo caso podrá usar dispositivos de visión en primera persona («FPV», por sus siglas en inglés de «First Person View»).
- No se permite el vuelo a una altura superior a 120 m del punto mas próximo de la superficie. Esta altura máxima puede ser menor de 120 m si en la zona de vuelo así lo indica la zona geográfica de UAS definida por la autoridad (AESA).
- En caso de conflicto o encuentro con una aeronave tripulada, el piloto a distancia debe reducir la altura de vuelo, realizar maniobras evasivas en caso de posible colisión con la aeronave tripulada y aterrizar lo antes posible.
- No se permite el sobrevuelo de concentraciones de personas y se debe mantener una distancia segura con personas no participantes en la operación.
- El piloto puede ayudarse de un observador de la aeronave no tripulada si lo considera oportuno.
- Está prohibido el transporte de mercancías peligrosas con el UAS ni dejar caer o proyectar ningún material u objeto.
Subcategoría A1:
- Drones hasta 250g (C0) o 900g (C1)
- Vuelo sobre personas no involucradas permitido
- Requiere título de piloto remoto A1/A3 (Recomendado para C0)
Subcategoría A2:
- Drones hasta 4kg (C2)
- Vuelo cerca de personas (mínimo 30m)
- Requiere título A2 y declaración operacional
Subcategoría A3:
- Drones hasta 25kg (C3/C4)
- Vuelo lejos de personas (mínimo 150m)
- Requiere título A1/A3
Categoría ESPECÍFICA | Mayor riesgo
- Operaciones con mayor riesgo
- Requiere evaluación de riesgos y autorización de AESA
- Evaluación caso por caso
- Ejemplos: vuelos BVLOS, sobre aglomeraciones, etc.
Categoría CERTIFICADA | Alto riesgo
- Operaciones de alto riesgo similares a la aviación tripulada
- Requiere certificación del operador y del piloto
- Ejemplos: transporte de personas o mercancías peligrosas
- Volar sobre concentraciones de personas con UAS de dimensión mayor a 3 m.
Nota: La mayoría de usuarios operan bajo la Categoría Abierta, especialmente en las subcategorías A1 y A3. Es fundamental conocer las limitaciones y requisitos específicos de cada subcategoría para garantizar un vuelo seguro y legal.
Edad mínima de pilotos a distancia en España (RD UAS)
La edad mínima para los pilotos a distancia según el Reglamento de Ejecución será de:
- 16 años de forma general para pilotos en categoría «específica» o categoría «abierta».
- No se exige ninguna edad mínima en caso de:
- Vuelo en subcategoría A1 con UAS de clase C0 que sea un juguete; o
- Vuelo UAS de construcción privada con MTOM inferior a 250 g; o
- Vuelo bajo la supervisión directa de un piloto a distancia > 16 años con las competencias adecuadas según la categoría de operación.
Sin embargo, el Reglamento indica que los estados miembros podrán reducir estas edades mínimas en un máximo de:
- 4 años para categoría «abierta»
- 2 años para categoría «específica»
Entonces, El artículo 7 del Real Decreto 517/2024 establece que la edad mínima para la utilización de UAS en categoría «abierta» se reduce en los siguientes casos:
- A 12 años para la utilización de UAS en la subcategoría A1 cuando operen:
- Un UAS un UAS de clase C0 que no sea un juguete; o
- un UAS “legacy” con MTOM < 250 g;
- A 14 años en cualquiera de los siguientes supuestos:
- Cuando operen en subcategoría A1 con un UAS de clase C1
- Cuando en la subcategoría A2 o A3 operen con un UAS de clase C2
- Cuando en la subcategoría A3 operen un UAS
- de clase C3 o C4
- un UAS de construcción privada con una MTOM inferior a 25 kg
- o un UAS “legacy” con una MTOM < 25 kg
Categoría C0 en Detalle - Lo que Más te Interesa
✅ QUÉ PUEDES HACER con un drone C0:
Altitud y Distancia:- Volar hasta 120m de altura sobre el terreno
- Mantener contacto visual directo con el drone
- Operar hasta 500m de distancia horizontal del piloto
Ubicaciones Permitidas:
- Espacios naturales abiertos
- Playas (respetando bañistas y normativa local)
- Montañas y senderos (fuera de espacios protegidos)
- Parques urbanos (si no hay prohibición específica)
- Sobre personas ocasionalmente (evitar concentraciones)
Horarios:
- Vuelo diurno: desde el amanecer hasta el atardecer
- Vuelo nocturno: posible con formación adicional y precauciones
Grabación:
- Vídeos y fotos para uso personal
- Compartir en redes sociales (respetando privacidad)
- Documentar tus viajes y experiencias
❌ QUÉ NO PUEDES HACER con un drone C0:
Ubicaciones Prohibidas:
- Aeropuertos y sus zonas de servidumbre (8km normalmente)
- Bases militares y instalaciones estratégicas
- Prisiones y centros penitenciarios
- Centrales nucleares y energéticas
- Espacios naturales protegidos sin autorización
- Centros urbanos densos sin permiso
- Playas con bandera roja o zonas de baño activas
Operaciones Prohibidas:
- Volar sobre multitudes o concentraciones de personas
- Transportar cargas o materiales peligrosos
- Lanzar objetos desde el drone
- Interferir con aeronaves tripuladas
- Volar bajo efectos de alcohol o drogas
- Operar múltiples drones simultáneamente
Restricciones de Grabación:
- Grabar propiedades privadas sin consentimiento
- Filmar personas sin su autorización
- Uso comercial sin permisos correspondientes
- Grabación en eventos deportivos oficiales
Cómo Obtener los Requisitos
Nota: Antes de entrar en materia, te recomiendo que estés en posesión del certificado digital (FNMT) y de la aplicación de firma digital (Autofirma) asociada a tu certificado. Si no lo tienes, espera, consíguelo y vuelve aquí después. Te facilitará mucho los trámites online con AESA.
1. Registro como Operador UAS (OBLIGATORIO)
Proceso:
- Accede a la web de AESA: www.seguridadaerea.gob.es
- Crea tu cuenta en la sede electrónica de AESA-UAS (aquí)
- Completa el formulario con tus datos en la página de registro de operador/a (aquí)
- **Es GRATUITO desde 2024**
- Recibes tu número de operador por email
- Válido por 5 años
Documentación Necesaria:
- DNI escaneado o pasaporte
- Certificado de seguro de responsabilidad civil
- Declaración responsable de conocimiento de normativa
2. Título de Piloto A1/A3 (RECOMENDADO para C0)
Proceso:
- Curso online gratuito en AESA
- Infórmate en la página correspondiente (aquí)
- Inscríbite al examen (aquí)
- Examen online de 40 preguntas (aquí)
- Nota mínima: 75% (30 preguntas correctas)
- Certificado válido por 5 años
- Completamente gratuito
Temario del Examen:
- Descárgate y estudia el temario oficial (aquí)
- Normativa aérea y de drones
- Meteorología básica
- Principios de vuelo
- Seguridad operacional
- Limitaciones del espacio aéreo
Seguro Cobertura Mínima:
- 300.000€ para drones hasta 20kg
- Muchas aseguradoras ofrecen pólizas desde 30€/año
- Algunas compañías conocidas: DJI Care, Mapfre, Allianz
Permisos y Comunicados Especiales
Nota: Sabremos si necesitamos perdir permisos cuando consultemos la zona de vuelo en ENAIRE Drones. Lo más habitual es que necesitemos comunicar al Ministerio del Interior que vamos a volar un entorno urbano. En la aplicación encontraremos todas las restricciones que pueda tener esa zona y si necesitamos permisos adicionales. Aquí nos centramos en el comunicado al Ministerio del Interior por volar en zonas urbanas. Podemos descargar una guía con las restricciones aquí
Cuándo es zona urbana:
Consideración de entorno urbano:
- Núcleos de población con áreas consolidadas por la edificación
- Áreas residenciales, comerciales o industriales cuyos terrenos cuenten, acumulativamente, al menos, con accesos rodados, vías públicas pavimentadas para acceso peatonal, evacuación de aguas y alumbrado público; y
- Áreas recreativas, que sean de acceso público y en las existan construcciones o instalaciones, permanentes o eventuales para el ocio, el recreo o el deporte, entre las que, en todo caso, se encuentran las playas que reúnan ambos requisitos, así como los parques o jardines de competencia de las Entidades locales.
Cómo Solicitarlos:
- Comunicación previa mínimo de 5 días naturales al Ministerio del Interior
- A través de la sede electrónica del Ministerio del Interior (Comunicación de vuelo de aeronave pilotada por control remoto) (aquí).
- Incluir: datos del operador, del piloto, del drone (TODO) incluido seguro, de la zona de la operación y opcionalmente del observador.
Consejos Prácticos
Antes de Viajar:
- Descarga la app ENAIRE Drones
- Verifica las restricciones de tu destino
- Confirma la cobertura de tu seguro en toda España
- Lleva contigo la documentación del drone y operador
En Destino:
- Consulta NOTAMs locales
- Respeta la fauna y flora local
- Pregunta a autoridades locales si tienes dudas
- Mantén distancia de otras personas y residentes
Apps Útiles:
- ENAIRE Drones: Mapa oficial de restricciones
- DJI Fly Safe: Base de datos de zonas restringidas
- Windy: Información meteorológica detallada
- Sun Surveyor: Planificación de luz solar
Sanciones por Incumplimiento
Infracciones Leves (90€ - 225€):
- No llevar documentación
- Pequeñas desviaciones de procedimientos
- Vuelo sin mantener contacto visual
Infracciones Graves (226€ - 900€):
- Volar sin seguro
- Operar sin registro de operador
- Incumplir restricciones de altura o distancia
Infracciones Muy Graves (901€ - 4.500€):
- Volar en zonas prohibidas
- Poner en peligro la seguridad aérea
- Vuelo comercial sin autorización
Infracciones Especialmente Graves (4.501€ - 90.000€):
- Interferir con aeronaves
- Causar accidentes graves
- Reincidencia en infracciones muy graves
Resumen para Drones C0 - Lo Esencial
Para volar legalmente tu drone de menos de 250g necesitas:
- ✅ Registro como operador (gratuito)
- ✅ Seguro de responsabilidad civil
- ✅ Conocer las restricciones básicas
- ✅ App ENAIRE Drones instalada
Recomendado pero no obligatorio:
- Título A1/A3 (te da más libertades)
- Curso de vuelo nocturno
- Conocimiento meteorológico básico
Recuerda siempre:
- Máximo 120m de altura
- Contacto visual directo
- Lejos de aeropuertos
- Respeto a la privacidad
- Sentido común y responsabilidad
Enlaces de Interés
Esta información es orientativa y ha estado elaborada con ayuda de la IA. Consulta siempre las fuentes oficiales de AESA para información actualizada.